Aguinaldo de Fiestas Patrias: ¿Qué monto se entrega en 2023?

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01/08/2023


El Instituto de Previsión Social (IPS) es el encargado de entregar el Aguinaldo de Fiestas Patrias 2023, beneficio dirigido a personas pensionadas.

Esta ayuda entrega un aporte monetario que puede aumentar según la cantidad de cargas familiares que tengan los que resulten beneficiarios y busca ser una ayuda en época de Fiestas Patrias.

¿Cuál es el monto del aguinaldo de Fiestas Patrias 2023?

El monto base del Aguinaldo de Fiestas Patrias 2023 será de $23.261.

No obstante, si el o la beneficiaria cuenta con cargas familiares acreditadas hasta el 31 de agosto del mismo año, recibirá $11.933 por cada una.

¿Quiénes reciben el Aguinaldo de Fiestas Patrias?

Serán beneficiarios del aguinaldo aquellos que, al 31 de agosto de 2023, cuenten con algunas de estas calidades.

  • Pensionados o pensionadas que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos.
  • Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores.
  • Pensionados o pensionadas de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
  • Pensionados o pensionadas de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech).
  • Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro que, al 31 de agosto de 2022, además reciben el beneficio de PGU, el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio de Discapacidad.

¿Es obligatorio el aguinaldo?

Los empleadores no están en la obligación de entregar aguinaldo a sus trabajadores. Por el contrario, las gratificaciones, sí son obligatorias.

A diferencia del resto, un trabajador del sector privado, puede tener derecho a recibir aguinaldo de Fiestas Patrias en caso de que:

  • Esté consignado en su contrato de trabajo.
  • Exista un contrato o convenio colectivo donde el aguinaldo esté incorporado como cláusula. En estos casos, el aguinaldo sí puede ser exigido a la empresa como un derecho de los trabajadores.





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