Más de 300 mil posibles beneficiarios en la Región: entra en vigencia ley que busca conciliar vida laboral, personal y familiar

Regional

Crónica

30/01/2024


Por Hugo Ramos Lagos

Entró en vigor la modificación de la norma sobre protección a la maternidad, paternidad y vida familiar establecida en el Código Laboral, la cual se estima pueda favorecer a cerca de 360 mil trabajadores con transformaciones en su régimen contractual, además busca equilibrar la responsabilidad parental en el cuidado de los hijos e insta a las mujeres a mantenerse en el mercado laboral.

Se trata de la Ley 21.645, la cual integra regulaciones para establecer empleos no presenciales y teletrabajo en áreas congruentes. Despachada y publicada en diciembre de 2023, la ley establece derechos para quienes tengan el cuidado de algún menor de catorce años, o de alguna persona con discapacidad o dependencia severa o moderada, sin importar su edad.

Principales modificaciones

Si bien las modificaciones son diversas, principalmente se establece que el feriado laboral de quienes cumplan los requisitos se otorgue preferentemente en coincidencia con las vacaciones escolares definidas por el Ministerio de Educación. Debiendo los trabajadores solicitar su derecho con treinta días de anticipación, esto en compañía del certificado de nacimiento que acredite la filiación, o la resolución de un tribunal que otorgue el cuidado personal de estos(as), o, de igual forma, el certificado de inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad.

En adición, durante las vacaciones escolares, si las funciones y los horarios de la empresa lo permiten, los asalariados tendrán derecho a que se modifiquen los turnos o la distribución de la jornada diaria y semanal. Debiendo el empleador dejar constancia en un anexo del contrato de trabajo.

Por último, el empleador deberá ofrecer a la persona trabajadora que, durante la vigencia de la relación laboral pueda ser desarrollada bajo modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, debiendo el trabajador realizar una solicitud y presentar la documentación establecida en la ley. Tras esto, el empleador tendrá que aceptar, rechazar o modificar la propuesta en un máximo de quince días hábiles.

Cifras y visión gremial

Una modificación del Código del Trabajo de esta naturaleza corresponde a un beneficio para los trabajadores, así es como lo señala la seremi del trabajo del Biobío, Sandra Quintana, quien sostuvo que la norma “beneficia a las y los trabajadores responsables del cuidado de estos menores o de personas con discapacidad, con el derecho preferente de solicitar trabajo híbrido o remoto, en la naturaleza de sus funciones lo permita”.

“En el caso del feriado preferente la cifra de beneficiarios fue de 1 858 745 personas, estimación con base en la Encuesta Casen. Con respecto al trabajo híbrido (…) si la naturaleza de sus funciones lo permite, corresponde a 363. 680 personas”, detalló.

En consonancia la presidenta en el Biobío de la Agrupación Nacional de Empleados/as Fiscales de Chile (ANEF), Lorena Lobos, aseveró que “la promulgación de la Ley de conciliación es un tremendo avance en materia de derechos laborales sobre todo para las mujeres”.

“El teletrabajo permite compatibilizar las labores de cuidado con la vida laboral lo que era una necesidad sentida de los y las trabajadoras que fue más evidente con la pandemia. En este aspecto valoramos el esfuerzo de homologar este beneficio a los trabajadores públicos, y ojalá el 2025 avanzar en una regulación permanente para esta materia”, sentenció.

Oportunidad para las mujeres

Sobre los beneficios que esta ley otorga a la fuerza de trabajo femenina, la seremi de gobierno del Biobío, Jacqueline Cárdenas, invitó a los empleadores “a no ver esta legislación como una dificultad, sino más bien como una oportunidad a que todos juntos como sociedad aportemos a que las familias de nuestro país, especialmente niños, niñas y adolescentes puedan contar con la presencia de sus cuidadores o cuidadoras en casa”.

“Según el Registro Social de Hogares, el 90 % de las personas cuidadoras de la región, corresponden a mujeres, es por eso por lo que les pedimos que, ingresen a registrosocial.gob.cl y ahí podrán agregar a sus datos su condición de cuidadora o cuidador, para así obtener la credencial que certifique que ejercen esta labor. Son más de 10 200 personas en la Región del Biobío, las que ya están inscritas en el Registro Social de Hogares en esta modalidad”, indicó.

Desde el Parlamento, la diputada oficialista por el Distrito 20, María Candelaria Acevedo (PC), afirmó que “la normativa viene muy en línea con las necesidades de que nos han expresado los ciudadanos, pero especialmente las mujeres, que sabemos, son quienes principalmente se encargan de labores de cuidados, por lo que esta ley fortalecerá el empleo en las mujeres, ayudando a mejorar su autonomía”.

“No podemos obviar este último punto, ya que la ley de Conciliación será vital para tener una mejor corresponsabilidad de los cuidados de niños, niñas y adolescentes y de personas con dependencia severa. Con esto, quienes ejerzan las labores de cuidadoras podrán acceder a feriado legal preferente, siendo más de ocho mil las personas de la región que ya se han inscrito en el Registro de Cuidadores y Cuidadoras”, agregó.

Y en la misma línea, pero desde otro sector político, la diputada independiente por el Distrito 20, Marlene Pérez, señaló que esta ley se pensó “principalmente en las mujeres con hijos menores, que a veces tienen alguna condición de salud especial, y en quienes también cumplen labores de cuidado no remuneradas, por ejemplo, de algún cercano o familiar, que requieren algún tipo de flexibilidad en sus trabajos”.





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