Caso Pio Nono: Tribunal sentencia a fiscalía y querellantes a pagar costas del juicio en que se absolvió al ex cabo Zamora

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25/07/2024


El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago sentenció esta jornada a la fiscalía y a los querellantes a pagar las costas del juicio llevado a cabo en contra del ex cabo Sebastián Zamora.

El proceso contra el policía fue encabezado por la titular de la Fiscalía de Alta Complejidad Centro Norte, Ximena Chong. Y entre los demandantes de la causa figuran el Instituto de Derechos Humanos (INDH) y la Defensoría de la Niñez, además de la familia del entonces adolescente.

El pasado viernes 12 de julio, la justicia dictó -de forma unánime- veredicto absolutorio en favor del imputado, acusado por el Ministerio Público en calidad de autor del delito frustrado de homicidio, por el supuesto ilícito cometido en octubre de 2020 al "empujar" al joven "Anthony" -de 16 años en ese entonces- en las cercanías del puente Pío Nono. Al inicio de la lectura de veredicto, la jueza, Patricia Bundl, estableció la narrativa de los hechos que consideró o no acreditados durante el juicio oral.

Entre ellos, se subrayaron "ambigüedades" en la acusación de la fiscalía, como que no acreditó qué heridas habrían causado la eventual muerte de Anthony que pudiera encuadrar el hecho en un homicidio frustrado. Asimismo, la magistrada apuntó a una "desorientación" en los alegatos finales, como las diferencias entre la eventualmente sería la muerte del joven, donde se mencionó tanto por caída o por inmersión.

El tribunal, al abordar las pruebas de imputación, detalló que la fiscalía acusó que "no se puede satisfacer la pretensión acusadora", y al tomar en cuenta la declaración de "Anthony", la magistrada indicó que fue "confusa", y que aunque se consideraron versiones de testigos, como su madre -que declaró que el excabo lo agarró y lanzó al río-, la jueza hizo énfasis en que en el relato del afectado, eso no se mencionó.

Dictamen

En la resolución se lee que "en definitiva, son tantas las versiones que se han conocido en el juicio sobre lo ocurrido que ni siquiera los acusadores en los alegatos de clausura han podido precisarla, limitándose a usar conceptos generales, con lo cual no se hacen cargo de la acusación que ellos mismos sometieron a conocimiento de este Tribunal".

En ese sentido, en el veredicto se señala que "así las cosas, no habiéndose probado el hecho objeto de la imputación, este Tribunal ha resuelto, por unanimidad, absolver a Sebastián (...) Zamora Soto, de las acusaciones presentadas en su contra como autor de los delitos de homicidio frustrado y apremios ilegítimos".





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