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Crónica
24/10/2025
La Dirección del Trabajo (DT) emitió un dictamen que está generando reacciones en el mundo laboral y empresarial, al permitir que un trabajador que se desafilie de un sindicato —aunque esté vigente un instrumento colectivo— y se incorpore a otro sindicato, pueda participar de la negociación colectiva de esta nueva organización sindical con todos los derechos que le otorga la libertad sindical, incluido el fuero y el derecho a huelga.
Este pronunciamiento —que data de junio de 2023— modifica la interpretación que en 2019 la DT había establecido: en ese entonces, se sostenía que los empleados afectados por un convenio colectivo no podían participar en la negociación de otro sindicato, incluso si ambas partes estaban de acuerdo.
Según el abogado y exsubsecretario del Trabajo, Zarko Luksic, la medida desencadena “efectos dañinos a la certeza y seguridad jurídica de los contratos colectivos y a los propios sindicatos”. Explicó que “la legislación laboral es clara en señalar que el trabajador solo puede estar afecto a un contrato o convenio colectivo”. Sin embargo, con el dictamen, algunos sindicatos estarían invitando a afiliarse a organizaciones distintas al sindicato que obtuvo el contrato colectivo, con la esperanza de negociar colectivamente y obtener nuevos beneficios.
Este escenario, por tanto, genera lo que se ha denominado una “competencia sindical”, en la que sindicatos alternativos buscan atraer afiliados que ya están cubiertos por otro instrumento colectivo, con el fin de participar de la negociación. Las empresas observan con preocupación que este escenario pueda debilitar la estabilidad del acuerdo colectivo vigente y abrir una dinámica de rivalidad sindical.
Para el sector privado, el dictamen implica un aumento de la complejidad en la gestión de las relaciones laborales y en la estabilidad de los contratos colectivos. Dada esta nueva interpretación, es probable que las empresas deban redoblar sus protocolos de seguimiento del estado de afiliación sindical de los trabajadores, así como evaluar los riesgos que implica una renegociación impulsada por un sindicato distinto al que originalmente negoció el convenio.
En el plano sindical, algunos actores jurídicos advierten que esta situación abre una puerta a movimientos estratégicos de “afiliación táctica”, lo que podría debilitar la representatividad del sindicato que negoció el contrato y afectar el principio de unicidad sindical contemplado en la normativa laboral.
Cabe destacar que, si bien el dictamen ya está vigente, será relevante observar cómo se desempeñan los tribunales laborales frente a casos concretos que apliquen esta interpretación, y si el Legislativo decide algún ajuste normativo para brindar mayor claridad al régimen de negociación colectiva.