Nacional
Crónica
15/06/2026
El gobierno envió al Congreso el proyecto de ley que establece el Registro Nacional de Actos Vandálicos e Incivilidades, una base de datos pública, electrónica y de alcance nacional administrada por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
La iniciativa, a la cual tuvo acceso Meganoticias, no solo busca llevar un control de quienes cometan este tipo de conductas, sino que les aplica una serie de restricciones a beneficios estatales que en algunos casos podrían derivar en polémica.
El proyecto distingue tres grandes categorías de conductas sancionadas con inscripción en el registro. La primera, y más grave, son los actos vandálicos constitutivos de delito. La segunda agrupa incivilidades sancionadas por los juzgados de garantía. La tercera incluye incivilidades de competencia de los juzgados de policía local. A continuación, algunas de las las conductas más destacadas en cada categoría.
Una de las conductas es la inclusión de las carreras no autorizadas de vehículos, los popularmente conocidos como "picaos". Quien participe o las organice en la vía pública quedará inscrito en el registro por cinco años, con todas las restricciones que eso implica. En los casos más graves de reincidencia, la ley activa además las restricciones a la gratuidad universitaria y la Pensión Garantizada Universal.
También queda tipificada la retención o toma de control de vehículos de transporte público de pasajeros, una conducta que se ha vuelto recurrente en contextos de protesta o disturbios urbanos. Del mismo modo, lanzar objetos a personas o vehículos en la vía pública, o interrumpir deliberadamente la libre circulación, son conductas que activan la inscripción en el registro.
Una de las novedades más destacadas del proyecto es la creación de un nuevo tipo penal en el Código Penal: el artículo 486 bis, que tipifica y sanciona específicamente los rayados no autorizados. Quien use marcadores o pinturas para plasmar mensajes, firmas, dibujos u otras expresiones en bienes muebles o inmuebles —públicos o privados— sin autorización, arriesga presidio menor en su grado mínimo y multa de entre 5 y 10 UTM. Si reincide, la pena sube a presidio menor en grado medio y multa de 11 a 20 UTM. Se contempla además el comiso de los instrumentos utilizados. La multa puede ser reemplazada por trabajo comunitario.
El proyecto pone especial énfasis en la protección de quienes trabajan en salud y educación. Amenazar o agredir físicamente a médicos, enfermeros, profesores, funcionarios de establecimientos educacionales o incluso a manipuladores de alimentos de colegios activa la inscripción en el registro. En los casos de agresión física más grave, esta conducta entra además en la categoría de delitos especialmente graves, con las consecuencias más severas que eso implica.
La ocupación ilegal de inmuebles fiscales, bienes nacionales de uso público o establecimientos educacionales —desde jardines infantiles hasta universidades— también queda inscrita como acto vandálico grave. En los casos más serios de usurpación, el condenado arriesga perder la gratuidad universitaria y la Pensión Garantizada Universal.
El uso de artefactos explosivos o incendiarios y el disparo injustificado de armas de fuego quedan explícitamente incluidos en la lista de actos vandálicos graves. Esta conducta activa todas las restricciones del registro, incluidas las más severas relativas a beneficios sociales.
El consumo de drogas en la vía pública —que ya tiene consecuencias bajo la Ley de Drogas— suma ahora la inscripción en el registro por incivilidad, con un año de permanencia. El tráfico y microtráfico de drogas, en cambio, está en la categoría más grave y genera cinco años de inscripción, más las restricciones adicionales a gratuidad y pensión.
El uso de transporte público remunerado sin pagar la tarifa correspondiente —evasión, en términos simples— también queda sujeto a inscripción en el registro por incivilidad menor, con un año de permanencia y las restricciones asociadas, incluyendo, llamativamente, la pérdida de la Tarjeta Nacional Estudiantil o los beneficios de tarifa rebajada para adultos mayores.
Cerrar u obstaculizar los accesos públicos a playas de mar, ríos o lagos también queda tipificado como incivilidad, con sanción de inscripción en el registro por un año. Una conducta que suele asociarse a propietarios de terrenos colindantes que impiden el paso a orillas que por ley son de uso público.
Entre las incivilidades de policía local también se cuentan el depósito de escombros o materiales sin permiso municipal, el consumo de alcohol en calles, plazas y paseos, el expendio de bebidas alcohólicas sin autorización y la elaboración o venta de alimentos en la vía pública sin patente. Conductas que, aunque parezcan menores, dejan a quien las cometa inscrito durante un año, con las consecuencias que eso acarrea.
Más allá de la inscripción misma, el proyecto establece un amplio catálogo de restricciones para quienes queden en el registro:
El proyecto contempla reglas especiales para reincidentes. Si alguien vuelve a cometer un delito vandálico mientras aún está inscrito, el plazo de permanencia en el registro se extiende en un año adicional por cada nueva condena. En el caso de las incivilidades menores, la primera reincidencia eleva el período a dos años y las siguientes a tres.
El registro será público en un sentido acotado: cualquier persona podrá consultar si alguien está o no inscrito, identificándose con su RUT y nombre, pero con un límite de cinco consultas por año. La información detallada quedará reservada, y solo podrán acceder a ella los organismos del Estado, los tribunales de justicia y los organizadores de espectáculos masivos o casinos. Los datos de menores de edad serán siempre reservados, y su permanencia en el registro es de dos años.
Según el Informe Financiero de la Dirección de Presupuestos, la implementación del registro tendrá un costo de $1.362.970 millones durante el primer año, considerando la infraestructura tecnológica y los sistemas de interoperabilidad entre servicios públicos. Desde el segundo año, el costo anual en régimen bajaría a $333.495 millones. La ley entrará en vigencia tres meses después de publicado su reglamento, el que deberá dictarse dentro de los tres meses siguientes a su promulgación.