Corte Suprema acoge en forma unánime recurso de amparo de dos extranjeros y autoriza su reingreso al país

Nacional

Crónica

20/12/2021


En fallo unánime, la segunda sala de la Corte Suprema acogió un recurso de amparo y autorizó el reingreso al territorio nacional de dos ciudadanos haitianos que contaban con residencia en Chile.

Acorde con los antecedentes del caso, ambos decidieron retornar, momentáneamente, a su país de origen, por lo que su proceso de regularización de su situación migratoria se vio suspendido, hecho del cual se dieron cuenta al momento de regresar a Chile, tras vivir un año en Haití.

Ante ello, la Corte Suprema estableció que hubo un actuar arbitrario de la autoridad recurrida en primera instancia, al denegar el reingreso al país de los amparados. Pues, de acuerdo con el fallo, la Policía de Investigaciones de Chile, actuó sobre ellos "sin posibilidad de ingresar al país y retener sus documentos, manteniéndolos en zonas no habilitadas del Aeropuerto Arturo Merino Benítez". En ese sentido, y según se explica en el fallo, los ciudadanos haitianos fueron deportados debido a "que sus visas definitivas se encontraban caducadas". Esto, luego de que ambos viajaran a su país de origen, el 20 de agosto de 2020 y 15 de octubre de 2019, respectivamente y se ausentaron del territorio nacional por más de un año. "Funda el recurso señalando que el domingo 3 de octubre de 2021, cerca de la medianoche los amparados arribaron al país, siendo residentes en Chile desde 2015, denunciando que desde el 3 de octubre del presente, se encuentran en el Aeropuerto Internacional Arturo Merino Benítez, con su documentación retenida por parte de la Policía Internacional", se señala como parte del recurso de amparo. Por ello, el máximo tribunal decidió que "se revoca la sentencia apelada de once de noviembre de dos mil veintiuno, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en aquella parte que desestimó la acción de amparo y, en su lugar, se declara que, asimismo, se acoge la acción constitucional".

Y agrega que, "se dispone que la Policía de Investigaciones de Chile, específicamente la Prefectura de Policía Internacional Aeropuerto, deberá permitir el ingreso de los amparados al territorio nacional, a fin que continúen con el proceso de regularización de su situación migratoria, hasta su completa tramitación".

Como parte de los argumentos para llevar a cabo la sentencia, el máxima tribunal señala que "respecto de la parte actora debe tenerse además en consideración que la epidemia generada por el virus SARS-CoV-2, enfermedad que amenaza la vida y salud individual de la totalidad de la población mundial, misma que no ha sido controlada, además, las persecuciones políticas y dificultades económicas más las carencias sanitarias que padecen en sus países de origen quienes ingresan irregularmente a Chile".

"De modo tal que de mantenerse el decreto de expulsión del territorio nacional de un ciudadano extranjero bajo tales circunstancias, implicaría necesariamente una afectación de la integridad física, psíquica y seguridad personal de los mismos", sostiene el fallo.





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