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17/07/2022
Desde el día 5 de julio el proyecto que tipifica como delito el robo de madera -ingresado en enero de 2021 por diputados UDI y RN- cuenta con "suma urgencia" a solicitud del Ejecutivo.
Precisamente esa fue la última sesión en que la Comisión de Seguridad revisó la iniciativa, ya que, según comentó a Emol su presidente, José Miguel Insulza "he tenido un pedido del Gobierno de presentar indicaciones así que vamos a pedir ampliación de plazo para eso".
La ministra del Interior, Izkia Siches, había anunciado a fines de junio que ingresarían modificaciones al proyecto, cosa que se concretó este lunes 11 de julio. Si bien el subsecretario de la cartera, Manuel Monsalve, había asegurado que “van a involucrar varios aspectos y uno de lo que se está analizando son las penas", las indicaciones no van en esa línea. Por su parte, Insulza esbozó que "no me parece que fuera necesario modificarlo, nunca estuvo planteado así. El gran problema no es tanto del monto de las penas".
Específicamente, los cambios apuntan a generar diferencias entre el robo de madera aislado y más bien pequeño en tamaño y valor versus uno que tenga como objetivo financiar el crimen organizado -práctica que para el gobierno es prioridad erradicar.
De hecho, según ha comentado el gobernador de la región del Biobío, Rodrigo Díaz, en esta actividad se mueven aproximadamente $100 millones de dólares. Mientras que, según datos de la Corporación Chilena de la Madera, en el primer semestre de este año se han registrado cerca de 25 mil camiones con madera robados.
El proyecto, que busca modificar el Código Penal y el Código Procesal Penal, señala en su primer artículo que quienes cometan este delito serán sancionados con: Presidio menor en su grado mínimo y multa de cinco unidades tributarias mensuales -si lo robado tuviera un valor de entre 0,5 a 4 UTM-, presidio menor en su grado medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales -si fuera valorizado entre 4 y 40 UTM-, y presidio menor en su grado mínimo y multa de cinco unidades tributarias mensuales -si el robo fuera mayor a 400 UTM.
Si bien ese inciso no fue modificado por el Ejecutivo, las indicaciones van en ese sentido:
1. El primer cambio que busca realizar es al párrafo que indica que "cuando la madera substraída tenga un valor que exceda las 5 unidades tributarias mensuales, se aplicará, además, la accesoria de multa de 75 a 100 unidades tributarias mensuales". La indicación cambia el guarismo "5" por el "10". Es decir, la multa se aplicará a quien robe madera con un valor mayor a 10 UTM.
2. El Gobierno agrega el siguiente inciso: "Si la madera sustraída poseyere un valor superior a las 50 unidades tributarias mensuales o si la sustracción obedeciere a un proceder sistemático u organizado, se podrán aplicar las técnicas especiales de investigación previstas en el artículo 226 bis del Código Procesal Penal". Por su parte, el artículo 226 bis estipula la interceptación telefónica o la utilización de fotografías, videos u otros medios de reproducción como métodos especiales, cuando existan "fundadas sospechas, basadas en hechos determinados, de la participación en una asociación ilícita, o en una agrupación u organización conformada por dos o más personas, destinada a cometer los hechos punibles previstos en estas normas".
"Yo estoy de acuerdo con la indicación", dijo Insulza, ya que las técnicas especiales "para robos de madera chicas no vale la pena hacer y la policías no las hace, para ser franco", aseguró.
3. Algo más bien complementario es el cambio que busca el Gobierno en base al artículo transitorio del proyecto para que, en vez de tener tres meses para terminar el reglamento para la aplicación de la ley, disponer de cuatro.
El resto de las indicaciones hacen referencia a cosas de forma, como reemplazar la palabra "substracción" por "sustracción", cosa que en el fondo no cambia el proyecto.