Ley Sanna: 152 padres del Biobío están con permiso para cuidar a sus hijos

Regional

Salud

03/09/2022


Un total de 152 padres del Biobío se encuentran con permiso, sin renunciar a sus trabajos, para cuidar a sus hijos que tienen cáncer, que se les realizó un trasplante de órganos que sufrió un accidente con riesgo de muerte o secuelas severas, o que enfrenta la fase terminal de su vida debido a cualquier enfermedad.

Desde 2018 todos los trabajadores que pasan por uno de estos escenarios tienen la posibilidad de optar a la Ley Sanna, que les permite ausentarse del trabajo para cuidar a sus hijos e hijas, recibiendo un subsidio que paga la remuneración durante el periodo de tiempo que lo defina cada contingencia que cubre el seguro.

La información entregada por la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) da cuenta que son 152 los padres en el Biobío que han solicitado este tipo de seguro, siendo la segunda región con permisos iniciados. En total, el número de licencias entregadas a estas personas llegan a 1.660, por lo que, en promedio, cada beneficiario ha solicitado 11. Hay que recordar que ambos padres pueden solicitar el permiso, conjunta o sucesivamente, según ellos lo determinen.

Al respecto, la superintendenta (s) de Seguridad Social, Patricia Soto, comentó que en general la ley no ha tenido inconvenientes mayores en su implementación y que los problemas en la tramitación o pago del beneficio se han ido corrigiendo junto al trabajo que se realiza con la sociedad civil.

"Por ejemplo, respecto a la tramitación, en un principio, solo Compin Nacional se pronunciaba, no obstante, a los pocos meses se incorporaron las Compin de todo el país, lo que facilitó mucho la tramitación", contó Soto.

Aunque se han subsanado dificultades, la superintendenta (s) sostuvo que en este periodo han recibido reclamos por el rechazo de este tipo de licencias, siendo las más frecuentes, porque exceden el número de días (al trabajador le extendieron licencia y no tenía días disponibles), porque no cumple con los requisitos de elegibilidad (densidad de cotizaciones previsionales o vínculo laboral) o porque el menor supera la edad legal (15 o 18 según el caso).

Patricia Soto detalló que, de no existir inconvenientes, la licencia se paga en 5 días hábiles, desde que la Compin remite la resolución de autorización y los antecedentes para efectuar el cálculo del subsidio.





Noticias Relacionadas