Nacional
Crónica
06/12/2022
El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) aprobó este lunes el acuerdo de conciliación presentado por las organizaciones Conadecus y Fojucc de Concepción (Formadores de Organizaciones Juveniles de Consumidores y Consumidoras) en el caso de la colusión de los pollos, registrado entre 2008 y 2011.
El fallo da el visto bueno para que Agrosuper y Don Pollo paguen 18.541 millones y 2.431 millones de pesos, respectivamente, como indemnización de perjuicios, mientras que Ariztía no se sumó al acuerdo, por lo que continuará en el juicio, consignó La Segunda.
Por la imposibilidad que implica identificar a los consumidores que dejaron de comprar pollo por la colusión de precios entre las tres empresas, se determinó que 23 fundaciones de ayuda social -definidas por Conadecus y Fojucc- serán beneficiadas por primera vez con una indemnización de este tipo.
Según el vespertino, bajo el criterio de que fueran instituciones conocidas, con presencia nacional, serias y sin conexión alguna con los coludidos, se seleccionaron las fundaciones Las Rosas, Amigos del Hospital Roberto del Río, Coanil, Pianos para Chile, Fútbol+, entre otras.
Asimismo, se acordó que aquellas con mayor patrimonio reciban más dinero, porque pueden manejar de mejor forma un alto flujo de caja, y por ende, que las más pequeñas reciban menos.
La recepción de los recursos se hará efectiva una vez que la sentencia del TDLC quede afirme y ejecutoriada, lo que posiblemente ocurrirá durante el primer trimestre del 2023.
Esta también es la primera vez en que el TDLC falla en un juicio de indemnización de perjuicios relacionado con consumidores, gracias a la modificación del DL 211 (libre competencia) y de la Ley del Consumidor, ya que las organizaciones de consumidores antes debían probar en un tribunal civil la vulneración a la ley que protege los derechos de los clientes y luego pedir indemnización, como ocurrió con la colusión del confort.
Previo a esos cambios, la primera demanda presentada por el Sernac ante un tribunal civil para establecer una indemnización, argumentando que la colusión en el precio del pollo atentaba contra los derechos de los consumidores, tuvo una dura respuesta de las productoras, que alegaron que no tenían vínculo contractual con los clientes, lo que fue acogido por la Justicia al rechazar esta acción.
Luego de que el Sernac apelara fuera de plazo, Conadecus demandó ante el TDLC aportando nuevos antecedentes y solicitando sólo la indemnización de perjuicios, al alero de las normas renovadas, y si bien el tribunal declaró inadmisible esta acción en primera instancia, la organización logró dar vuelta el fallo en la Corte Suprema.
Cabe mencionar que la sentencia de ayer también sostiene que Conadecus y Fojucc recibirán el pago de las costas del juicio por los gastos incurridos en estudios económicos, abogados e informes en derecho.