Regional
Crónica
Social
21/04/2023
El Instituto de Previsión Social, IPS, informó que desde el 1 de abril está vigente la Ley N° 21.538, conocida como “Ley Corta de la PGU”, que considera un nuevo requisito de focalización y que permitirá que más personas beneficiarias puedan obtener este beneficio del Estado.
Esto, gracias a que se modificó uno de los requisitos para acceder a la PGU, específicamente el de focalización. Así, en lugar de evaluar que el adulto mayor NO integre un grupo familiar perteneciente al 10 % más rico de la población de 65 o más años, a partir de abril se verificará que NO pertenezca al 10 % más rico de la población en general. Esto permite ampliar el umbral para que más personas ingresen al beneficio.
Esto implica, además, que las solicitudes de Pensión Garantizada Universal (PGU) que hayan sido rechazadas exclusivamente por el requisito de focalización entre agosto de 2022 y marzo de 2023, serán reevaluadas internamente por el IPS. Es decir, de cumplir las nuevas condiciones, estas personas no tienen que hacer un nuevo trámite de solicitud y, de ser otorgado el beneficio, serán notificadas al contacto que informaron. Al respecto, es importante señalar que las personas pueden consultar desde abril el resultado de su reevaluación en los canales de atención de la red ChileAtiende del IPS.
“Gracias a que se modificó uno de los requisitos para acceder a la PGU, específicamente el llamado requisito de focalización, ahora más personas podrán acceder al beneficio. Ya en abril se sumarán 2 mil 643 personas adicionales cuyas solicitudes habían sido rechazadas, y que ahora fueron aprobadas gracias a la recientemente promulgada Ley Corta”, contó la seremi del Trabajo y Previsión Social, Sandra Quintana.
En la actualidad, y a nivel nacional, la cobertura de la PGU representa un esfuerzo fiscal mensual por más de $405.789 millones que van en apoyo directo de los adultos y adultas mayores de nuestro país, estén pensionadas o no.
“Debido a que la ley considera un nuevo requisito de focalización, más personas podrán obtener esta ayuda estatal, sumándose a los más de 2 millones de personas que ya han accedido a la PGU, a nivel nacional. De ellas, más de 187 mil personas corresponden a la Región del Biobío”, dijo el director regional (s) del IPS, Javier Rauld.
Además, el Instituto de Previsión Social ya realizó un intenso trabajo previo para reevaluar las solicitudes que habían sido rechazadas por focalización desde agosto de 2022, para revisar cuántas de ellas podrían ahora ser concedidas. De esas solicitudes que habían sido rechazadas anteriormente, cerca de 40 mil personas estarán ahora recibiendo su PGU en abril. Así, se ha trabajado con un alto sentido de urgencia para que las personas reciban el beneficio desde el mismo mes en que comienza a regir la Ley Corta.
Es importante señalar que, las personas podrán consultar en abril por su situación en www.chileatiende.cl o llamando al 101.
Por otra parte, desde el IPS hacen un llamado a que todas las personas, cuando cumplan 65 años, no dejen de consultar por los requisitos para la PGU, y hagan su solicitud cuando corresponda; para ello existen diversas alternativas presenciales y no presenciales, e incluso cada mes se realizan acercamientos a los propios barrios donde viven las personas para informarles sobre cómo acceder a la Pensión Garantizada Universal.
Cabe recordar que no es necesario estar pensionado para solicitar el beneficio si se cumplen los requisitos. El monto máximo vigente de la PGU es de $206.173.
En la Región del Biobío, son 187 mil 596 personas las que reciben actualmente la PGU. Además, durante abril de 2023 un total de 2 mil 643 personas adicionales que se verán beneficiadas con la implementación de la Ley N° 21.538.
Requisitos de la PGU
Desde este 1 de abril se evaluará:
ü Haber cumplido 65 años de edad (pensionado o no).
ü No integrar un grupo familiar perteneciente al 10 % más rico de la población de Chile.
ü Acreditar residencia en Chile por 20 años continuos o discontinuos, contados desde que el peticionario haya cumplido veinte años de edad; y, en todo caso, por el lapso no inferior a 4 años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la solicitud.
ü Contar con una pensión base (calculada según su PAFE inicial; es decir, pensión estimada para determinar la pensión base de una persona, de acuerdo a sus fondos acumulados) menor a $1.114.446. Cabe destacar que para quienes tengan una pensión base desde $702.102 y hasta $1.114.446, el monto de la PGU es menor a los $206.173 establecidos para este beneficio.
¿Cómo solicitar la PGU?
Todos los días del año, incluidos fines de semana y feriados, en el sitio www.chileatiende.cl, con ClaveÚnica. En el mismo sitio se puede consultar, previamente, si se cumple con las condiciones básicas para acceder al beneficio.
Durante los días hábiles, de lunes a viernes, a través de videoatención en www.chileatiende.cl o www.ips.gob.cl. También en sucursales ChileAtiende del Instituto de Previsión Social, IPS, municipalidades y también está la opción de las AFP o compañías de seguros, si la persona está afiliada a una de esas entidades.
Una condición previa a la solicitud es que las personas estén inscritas en el Registro Social de Hogares. Si la persona aún no cuenta con este instrumento, puede solicitarlo por Internet en el sitio www.registrosocial.gob.cl, en su municipalidad o sucursales ChileAtiende del IPS.