Cómo funciona el permiso laboral para votar y quiénes están exentos de trabajar este domingo

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05/05/2023


Este domingo 7 de mayo son las elecciones -con voto obligatorio- del Consejo Constitucional que redactará la propuesta de Carta Magna. Para mañana se establece por ley quiénes no deben trabajar y también un permiso laboral para los trabajadores que cumplan funciones especiales.

La Dirección del Trabajo anunció que realizará fiscalizaciones a las denuncias que reciban en su sitio web desde el sábado 6 de mayo y en el Canal de Atención Telefónica (en el número 600 450 4000), entre las 09:00 y las 15:00 horas del domingo 7.

Lo anterior, ya que los empleadores que no cumplan las condiciones establecidas se arriesgan a sanciones de entre 3 y 60 Unidades Tributarias Mensuales (entre 189.222 y 3.784.440 pesos) por infracción, dependiendo de si el infractor corresponde a una micro empresa, pequeña, mediana o grande.

CÓMO FUNCIONA EL PERMISO LABORAL PARA LAS ELECCIONES

El director del Trabajo, Pablo Zenteno, explicó que "todos los trabajadores y trabajadoras que deban laborar este domingo 7 de mayo cuentan con un permiso de al menos 2 horas para ir a sufragar, tiempo que puede ampliarse de común acuerdo con sus empleadores si los tiempos de desplazamiento así lo requieren".

Enfatizó en el criterio de flexibilidad "puesto que se trata de una votación obligatoria que incluso arriesga multas fijadas por el sistema electoral para quienes no sufraguen", por lo que recomendó que los empleadores "organicen los turnos de trabajo de modo de facilitar el derecho a sufragio".

Estos también se deben otorgar a trabajadores que hayan sido designados como vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados de la Junta Electoral.

Por la entrega de los permisos, no se pueden realizar descuentos en las remuneraciones del trabajador o la trabajadora.

QUIÉNES NO DEBEN TRABAJAR DURANTE LAS ELECCIONES

Respecto a la situación del comercio, Zenteno indicó que la norma vigente establece el feriado obligatorio "para los trabajadores que laboren en malls, strip centers u otros centros comerciales con varios locales, administrados por una misma razón social o personalidad jurídica".

La normativa legal exceptúa a "quienes trabajan en otro tipo de comercio, como supermercados y tiendas ajenas a los complejos comerciales con administración única" y que también "pueden trabajar los dependientes de servicentros, farmacias de urgencia o de aquellas con turnos fijados por la autoridad sanitaria", aseguró el director.

Para estos efectos, el feriado comenzará a más tardar a las 21:00 horas del sábado 6 de mayo y terminará a las 06:00 horas del lunes 8 de mayo.

El Código del Trabajo establece que, al ser feriado irrenunciable para trabajadores de malls y strip centers, "los días de descanso semanal no podrán coincidir con los días feriados establecidos en la ley N°19.973".





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