Tribunal prohibió el uso de la marca "Not Milk" tras demanda de gremio lechero de Valdivia

Nacional

Crónica

27/05/2023


El Juzgado Civil de Valdivia, en la Región de Los Ríos, prohibió el uso de la marca "Not Milk", luego de determinar que la empresa The Not Company incurrió "en actos de competencia desleal" en detrimento de la Asociación de Productores de Leche (Aproval).

"La demandada (The Not) debe cesar de realizar conductas que constituyan actos de competencia desleal, como la prohibición de realizarlas a futuro", dispuso el tribunal, ordenando el "cese y prohibición del uso de cualquier marca, rotulado, distintivo o imagen, de cualquier naturaleza (tanto en el envase como el material publicitario) que contenga el nombre Not Milk".

Asimismo, dictaminó el cese y prohibición "del uso de cualquier marca, rotulado, distintivo o imagen, de cualquier naturaleza (sea en el envase de su producto como el material publicitario) que contenga una vaca o cualquier figura propia de la industria lechera, tarjada, invertida o de cualquier otra manera alterada".

Fue el 16 de diciembre de 2020 cuando Aproval presentó una demanda de competencia desleal contra The Not Company SpA por aprovecharse del prestigio de la leche al confundir su producto con ésta, junto con descalificarla para desviar a sus consumidores.

La acción fue patrocinada por el abogado José Coz y en ella el gremio lechero argumentó que "la piedra angular de la estrategia publicitaria de la demandada respecto del producto Not Milk ha sido la de intentar colgarse de la fama de la leche, y luego difamarla como producto, sindicándolo como un producto que sería -comparativamente- nocivo para la salud y cuya producción sería contaminante".

"The Not Company ha incurrido en graves actos de competencia desleal a través de la comercialización y publicidad de su producto Not Milk, ya que ha materializado una estrategia comercial y publicitaria ilegítima que, primero, confunde e intenta aprovecharse de la leche, y luego -paralelamente- la desprestigia, persiguiendo por esa vía desviar clientela en perjuicio de los productores de leche de vaca que son miembros de Aproval".

INCONSISTENCIA EN LA PUBLICIDAD

El tribunal argumentó en la sentencia que Aproval acompañó una resolución sanitaria del 2 de febrero de 2022, dictada por la Seremi de Salud Metropolitana, en que sanciona por infracciones al Reglamento Sanitario de Alimentos, por dar publicidad reiterada al producto "Not Milk" e inducir a error a los consumidores.

Por otro lado, y en los mismos términos, la frase "por eso decimos que no es leche", aunque el sumariado indique que falta la frase "pero Not", se mantiene el orden lógico y la problemática, al mezclar afirmaciones como "decimos que es leche" junto a la idea de "pero Not".

"Sobre la publicidad del producto en la página web, el sumariado alegó que el producto indica claramente que es una bebida vegetal, por lo tanto no habría incumplimiento alguno. Pero la autoridad sanitaria razona que esta publicidad específica afirma que sabe igual que tu leche de siempre, pero es de plantas. Existe una mezcla de afirmaciones correctas e incorrectas, tal como sabe igual que tu leche de siempre", frase absolutamente subjetiva y por lo tanto, puede inducir a error", dice el fallo.

Acota que "la empresa, ahora demandada, fue sancionada con 60 UTM y se le ordenó ajustar los envases de los productos cuestionados a conformidad de lo dispuesto en el Reglamento Sanitario de los Alimentos, especialmente, a lo consignado en los art culos 107 y siguientes de la citada normativa legal".





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