Nacional
Crónica
Policial
13/06/2023
Dos funcionarios de Carabineros, acusados de golpear y provocar tormentos a un detenido, para luego abandonarlo en un predio lejano, en septiembre de 2019 en Negrete, el Instituto Nacional de Derechos Humanos se querelló contra ellos.
Por ello, el Tribunal Oral en lo Penal de Angol, condenó a ambos policías por apremios ilegítimos, sentenciándolos a 5 años de cárcel efectiva.
Situación que cambió hoy, con la aplicación de la Ley Naín- Retamal, dado que la condena dictada por el TOP en agosto de 2022 fuera modificada, luego que la defensa de los carabineros pidiera aplicar la nueva legislación promulgada en abril de 2023.
Según La Tercera, el fallo señala que “se ha dictado una ley penal más benigna en el sentido de ser menos rigurosa que aquella que existía a la época del dictamen de la sentencia, por lo que procede determinar la pena de los condenados sin considerar la referida circunstancia de aumento de penalidad”.
“En consecuencia, corresponde adecuar la pena impuesta en la sentencia de marras en lo referido a la condena por el delito de apremios ilegítimos impuesta a los condenados Sebastián Andrés Martínez Tapia y Rubén Aurelio Contreras Sandoval, en el sentido de situar el castigo corporal en el presidio menor en su grado medio, esto es de quinientos cuarenta y un días a tres años de privación de libertad”, añade.