Tras fallo de la Suprema, Gendarmería expresó "total compromiso" para posibilitar votación de presos

Nacional

Crónica

12/11/2021


Gendarmería de Chile expresó su "total compromiso" para trabajar en mecanismos que permitan garantizar el derecho a sufragio de personas privadas de libertad que estén habilitadas a ejercerlo, tras el inédito fallo de la Corte Suprema que ordenó adoptar medidas con ese fin.

El máximo tribunal del país acogió el miércoles un recurso de protección e instruyó a Gendarmería adoptar todas las medidas necesarias para posibilitar, dentro de los plazos legales, el derecho a voto de un grupo de 147 internos de Centro de Cumplimientos Penitenciario Colina II.

En la sentencia, la Tercera Sala -integrada por los ministros Sergio Muñoz, Mario Carroza, Juan Manuel Muñoz Pardo y los abogados (i) Pedro Águila y Héctor Humeres- consideró arbitrario el actuar de la guardia penitenciaria y el Servicio Electoral (Servel), ya que atentan contra la legislación nacional e internacional al no realizar las gestiones para asegurar el derecho a voto de los reclusos.

Ante ello, mediante una declaración pública, Gendarmería recordó que dentro del ordenamiento institucional de Chile, "el organismo público que tiene la exclusiva competencia y responsabilidad de administrar, supervigilar y fiscalizar los procesos electorales, es el Servel".

"En este sentido, y en el marco del respeto y cumplimiento de los fallos de los Tribunales de Justicia, Gendarmería expresa su total compromiso para ponerse a disposición del Servel y trabajar conjuntamente en posibilitar el derecho a sufragio de las personas privadas de libertad, el que solo es restringido en conformidad a lo establecido en nuestra Constitución".

La institución penitenciaria se dijo "disponible para tomar todas las medidas administrativas y operativas que sean necesarias para habilitar el derecho al sufragio de las personas privadas de libertad, cuando así corresponda, en función de lo que el Servel instruya y bajo su estricta supervisión".

De todas maneras, respecto de los 147 personas reos de Colina II a los que se refiere el fallo de la Suprema, Gendarmería puntualizó que, según sus registros, "actualmente sólo 112 permanecen privadas de libertad, y de éstas últimas, sólo 24 están habilitadas para sufragar".

PLAZO "VENCIDO" PARA POSIBILITARLO ESTAS ELECCIONES, SEGÚN SERVEL

El Servel también respondió esta semana, igualmente a través de una declaración pública, en la que remarcó que "el posibilitar el ejercicio del sufragio a las personas privadas de libertad (...) ha sido una preocupación permanente de Servicio Electoral", que "ha promovido a través de diversos medios la elaboración de propuestas de modificaciones legales".

Además, citando que "la propia Corte Suprema, en anteriores recursos de similar naturaleza, ha señalado sobre el tema que se 'hace indispensable la dictación de normas legales que son de iniciativa exclusiva de los órganos colegisladores'", subrayó que el "Servel no impide el voto de los privados de libertad", sino que "es el procedimiento legal el que obliga la concurrencia de estos electores al local y mesa de votación que les corresponde".

Junto con ello, aclaró que, al menos para las votaciones del 21 de noviembre y la eventual segunda vuelta presidencial, "los plazos legales para tomar medidas necesarias para la participación de los recurrentes (...) ya se encuentran vencidos"; por lo que conminó a los poderes colegisladores a "estudiar una solución eficaz para establecer correcta y efectivamente el derecho a sufragio de los privados de libertad".





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